martes, 23 de enero de 2024

imprimir entrada
La Iglesia particular según el Catecismo de la Iglesia Católica

La Iglesia universal es comunión de las Iglesias particulares, las que tradicionalmente se han llamado diócesis. Desde el concilio Vaticano II, este término (diócesis) se ha venido entendiendo en un sentido más teológico; no solo como circunscripciones territoriales, sino como presencia del Misterio de la Iglesia en un lugar o en un ámbito humano

De ello trata el Catecismo de la Iglesia Católica, que es "texto de referencia seguro y auténtico para la enseñanza de la doctrina católica" (Juan Pablo II, const. ap. Fidei depositum, 4), también para la docencia teológica y la formación cristiana en general, que incluye tanto las clases de religión como la catequesis.
    
Los párrafos que recogemos a continuación  (*) vieron la luz al año siguiente de la publicación del Catecismo de la Iglesia Católica. En ellos explica el autor cómo la Iglesia particular se presenta en el Catecismo arrancando de una concepción profunda y plena de la Catolicidad de la Iglesia.


*     *    *

“Se ha insistido en los últimos años en la recuperación que el Concilio ha supuesto de la Iglesia como ‘comunión de Iglesias particulares’, tema ausente en la teología y en la praxis pastoral anterior al Concilio. Múltiples factores prepararon la revitalización conciliar de las Iglesias particulares [cf. de este mismo autor, Teología de la Iglesia particular, Pamplona 1989]. En todo caso, y es lo que ahora interesa, la Iglesia particular no podía dejar de estar presente en el Catecismo, que lo hace emerger en el contexto de la ‘Catolicidad’ como nota de la Iglesia, en e1 § 3, III. El Catecismo trasciende así una visión de la catolicidad como universalidad geográfica: ‘La palabra católica –dice el Catecismo– significa universal en el sentido de según la totalidad o según la integridad (n. 830). La ‘integridad’ de la Palabra y los sacramentos es la que encontramos en cada Iglesia particular en comunión con las demás, que pueden así ser denominadas por el Catecismo como ‘católicas’".

[Catolicidad quiere decir, pues, no sólo universalidad en extensión geográfica y que la Iglesia está enviada en misión a la totalidad del género humano; sino también en el sentido de que la Iglesia, por la presencia de Cristo en ella, posee la "integridad" o "totalidad" de los medios de salvación, que son sobre todo la fe y los sacramentos. Y así la Iglesia universal es católica porque tiene esa integridad, y también las Iglesias particulares la tienen y por eso son también "católicas"].

"Nos hallamos ante un tema igualmente nuevo –de otra parte, tan antiguo como la misma Iglesia– para la catequesis de los últimos siglos y que no dejará de llamar la atención. A la vez, goza de una actualidad insoslayable, tanto en la vida interna de la Iglesia, como también por la trascendencia ecuménica que ha cobrado. El Catecismo dedica a la Iglesia particular cuatro números densos, los nn. 832-835. En ellos se recoge la doctrina más esencial del Concilio: los nn. 23 y 26 de Lumen Gentium, junto con la referencia obligada a Christus Dominus, n. 11"

(Es un tema antiguo porque desde siempre, a partir de la Iglesia originaria de Jerusalén, han existido las Iglesias particulares dentro de la comunión católica. Y es un tema nuevo porque solo en las últimas décadas se esta viendo el profundo y rico significado de este modo de ser la Iglesia: universal y a la vez cuerpo de Iglesias (corpus ecclesiarum)]


La Iglesia universal es un “cuerpo de Iglesias”

"El Concilio Vaticano II apuntó en sus textos la inmanente [inseparable] relación que existe entre la Iglesia universal y las Iglesias particulares. La Const. dogm. Lumen gentium expresó este aspecto del misterio de la Iglesia en la formulación de su n. 23, en el primer párrafo. El Concilio habla ahí de la doctrina del Sucesor de Pedro como principio y fundamento perpetuo y visible tanto de los Obispos como de la multitud de los fieles; y añade en el mencionado párrafo: ‘Por su parte, los Obispos son, cada uno, principio y fundamento visible de la unidad en sus Iglesias particulares, formadas ad imaginem de la Iglesia universal, in quibus et ex quibus una et unica Ecclesia Catholica exsistit’ [a imagen de la Iglesia universal, en las cuales y a partir de las cuales existe la una y única Iglesia Católica]. Pertenece, pues, al misterio de la Iglesia, un modo de existencia histórica por el cual, sin dejar de ser una et unica, la Iglesia es a la vez Corpus ecclesiarum (cfr. LG 23/b)". 

[Este modo de ser la Iglesia durante la historia, el hecho de que sin dejar de ser una y única la Iglesia es a la vez cuerpo de Iglesias, es tan importante que pertenece a la estructura fundamental de la Iglesia: se ha dado siempre y se dará hasta el fin del mundo]

"La Eclesiología y la Ciencia canónica en los últimos años han reservado una detenida atención a las Iglesias particulares. Era lógico, ya que el Concilio designaba, con la expresión corpus ecclesiarum, una condición estructural de la Iglesia. La Iglesia como ‘comunión de Iglesias’ implica la entera visión de su forma peregrinante; es la Iglesia Católica la que es, a la vez, universal y local, según una dinámica de mutua inmanencia [o relación] que se refleja en toda la ontología eclesial [en todo el ser de la Iglesia], en el ministerio (a la vez universal y local), y en la condición cristiana (incorporación por el Bautismo a la Iglesia Católica en una Iglesia particular).

Pero el Concilio no hizo de la Iglesia particular objeto directo de su sistemática, sino que sus afirmaciones sobre ella aparecen con ocasión de otros aspectos, como la vida litúrgica en la diócesis (Sacrosanctum Concilium), la acción misional de la Iglesia (Ad gentes), la autoridad (Lumen gentium; Christus Dominus; Presbyterorum Ordinis). Esto se explica, entre otras cosas, por la ausencia de una eclesiología propiamente dogmática [es decir, una teología sobre la Iglesia que tuviera en cuenta las verdades de la fe acerca del ser de la Iglesia y profundizara sobre ellas] en el tiempo anterior al Concilio, que ofreciese una sistemática [un conjunto orgánico y articulado] aceptada y extendida, en la cual la Iglesia particular ocupase un lugar reconocido como elemento orgánico de la Eclesiología. Esto solo se haría posible precisamente tras el Concilio Vaticano II.


La profundización después del Concilio

Por estos motivos, entre otros, la teología de la Iglesia particular ha necesitado un tiempo de maduración tras el Concilio. La reflexión sistemática se veía en parte sorprendida por el magisterio conciliar [es decir, que en este sentido el Concilio Vaticano II fue por delante de la teología]. Necesariamente había que desarrollar las virtualidades de la afirmación de la Iglesia como ‘cuerpo de Iglesias’. La base escriturística y patrística de esta ‘comunión de Iglesias’ está bien documentada en las fuentes. La mirada ha de dirigirse, en cambio, al núcleo dogmático contenido en la expresión in quibus et ex quibus [en esas Iglesias particulares y a partir de ellas existe la Iglesia católica una y única] (que recoge el Catecismo en el n. 833). En dicha formulación se encuentra una comprensión equilibrada de la relación entre Iglesia universal e Iglesias particulares. El Concilio condensó en tales palabras una indicación certera de las dimensiones local y universal de la Iglesia.

Las opciones teológicas sobre la Iglesia particular poseen, en consecuencia, un relieve doctrinal y pastoral de gran alcance. En un inicio, se advirtió la escasa tradición del tema como objeto de reflexión científica en la teología católica. En algunos casos se han recorrido senderos de escasa utilidad. De una parte, un impulso deslumbrado por la Iglesia particular, tendía a oscurecer la dimensión universal de la Iglesia Católica. Y no cabe olvidar que en esta temática se halla implicada, de una u otra forma, la doctrina sobre el episcopado colegial y el primado del Papa en la Iglesia universal. De otra parte, tampoco sería acertada la reacción de salvaguardar la universalidad de la Iglesia –comunión guiada por el episcopado universal cum et sub Petro [con y bajo Pedro]– a costa de una depreciación de la consistencia propia de las Iglesias particulares, ya que su reconocimiento pertenece al patrimonio de la fe cristiana. A nivel de la reflexión teológica, sin embargo, puede decirse que la Eclesiología se encuentra ya en condiciones de ofrecer al menos un marco teológico común para nuestro tema, básicamente aceptados"

[Como se ve, estamos ante un tema de gran importanmcia, también por los riesgos de exagerar una de las dimensiones de la Iglesia (la universal o la local) en detrimento de la otra, siendo así que lo universal es en sí mismo más importante que lo local (pero sin desconocerlo ni minusvalorarlo). Conocer esto es necesario tanto para comprender la relación entre lo universal y lo local en la Iglesia, como para entender la relación entre el ministerio del Papa y el de los obispos, y para profundizar en otros temas como la Eucaristía, el presbiterado y el ecumenismo].

"Hay que añadir que la relación entre Iglesia universal e Iglesias particulares ha sido objeto de atención por el magisterio ordinario solo muy recientemente. Pablo VI se pronunció al respecto en un párrafo de la Exhortación Evangelii nuntiandi [1975] recogido en parte por el n. 835 del Catecismo. Ha sido Juan Pablo II quien ha ofrecido una mayor atención a las Iglesias particulares. Es comprensible que la novedad misma del tema sugiriese una lógica reserva. El magisterio se encontró quizá sin precedentes en la tradición declarativa de los últimos siglos de la Iglesia. El Concilio Vaticano II constituye la primera ocasión en que la Iglesia ha ofrecido unas afirmaciones de importante contenido doctrinal sobre las Iglesias particulares. Sin embargo, en la actualidad se han decantado ya unas coordenadas doctrinales bien avaladas, y en cierto modo resumidas en la (...) Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe a los Obispos de la Iglesia Católica sobre ‘algunos aspectos de la Iglesia considerada como comunión’ [Carta Communionis notio, 23-V-1992]. Se puede calificar este documento como un primer pronunciamiento doctrinal importante en el tema que nos ocupa, que recoge de alguna manera el discernimiento pastoral de estos primeros años posteriores al Concilio Vaticano II".


Desafío para la formación cristiana

[El autor avisa de que, por su relativa novedad, este tema requiere una especial atención en la formación cristiana, y por tanto no solamente en las facultades de teología y en los seminarios, sino también en las clases de religión y en las catequesis, sabiendo poner de relieve las implicaciones para la vida cristiana y la evangelización. En suma, es uno de los temas en los que se ve la necesidad de la formación eclesiológica y pastoral].

Teniendo en cuenta todo lo anterior, la opción [que toma el Catecismo de la Iglesia Católica] de incluir las Iglesias particulares en el contexto de la ‘Catolicidad’ parece acertada entre las diversas posibilidades, a la vista de la sistemática del entero artículo eclesiológico [es decir, teniendo en cuenta cómo está estructurado lo que se dice en el Credo sobre la Iglesia]. La Iglesia particular tenía que aparecer necesariamente en un Catecismo dirigido a configurar una catequesis inspirada en el Concilio. A la vez, habrá que estar a la espera de la recepción de uno de los temas eclesiológicos de mayor dificultad práctica a la hora de ser plasmado en un lenguaje comprensible, que a la vez sea completo en su contenido: ‘el misterio de la Iglesia particular, en síntesis, es el misterio de la presencia del todo en la parte, permaneciendo ésta como parte del todo’ (P. Rodríguez, Iglesias particulares y Prelaturas personales, Pamplona 1986, p. 150). En ese aparente juego de palabras se ventilan aspectos claves de la eclesiología (Episcopado y primado, Eucaristía e Iglesia, Presbiterado, Iglesias separadas de Roma...). Su formalización teológica, que en gran parte ha logrado ya una aceptación común a nivel de especialistas, se abre ahora, en consecuencia, a la fase de incidencia real en la formación cristiana. Y lo que en el lenguaje teológico resulta inteligible, puede no serlo en la captación real de muchos cristianos (más tendente, en general, a una visión ‘administrativa’ de la vida eclesial). Nos hallamos, pues, ante una ocasión privilegiada para una formación eclesiológica con hondura en el seno del Pueblo de Dios”.
---------
(*) J. R. Villar, “Creo en la Santa Iglesia Católica”, Scripta Theologica 25 (1993) 601-626.


No hay comentarios:

Publicar un comentario